Banco Latino Internacional (FOGADE) y sus abogados pagaron sustanciales cantidades a los demandados por la infundada demanda.

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En este caso, mostramos solamente, la carta en la cual se confirma el pago por honorarios y gastos, en el procedimiento de sanciones «RULE 11» que inició Gustavo Gómez López contra sus demandantes en los Estados Unidos. Este procedimiento, que muy rara vez se otorga, pues involucra la responsabilidad de los abogados norteamericanos, constituye una sanción moral más que una sanción material, que procura dar ejemplo y precaver al sistema judicial de demandas frívolas y sin base.